El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) confirmó que el próximo 15 de agosto, Día de la Madre en Costa Rica, es un feriado de pago obligatorio, tal como lo establece el Artículo 148 del Código de Trabajo.
No se traslada el feriado del 15 de agosto
Según el MTSS, este feriado no se traslada, por lo que los trabajadores disfrutarán de un fin de semana más largo. Esta disposición aplica sin importar si la empresa es nacional, transnacional o internacional, ya que todas están sujetas a la legislación laboral costarricense.
¿Qué significa feriado de pago obligatorio?
El feriado del Día de la Madre es de pago obligatorio. Esto quiere decir que todos los trabajadores tienen derecho a disfrutarlo sin ver afectado su salario.

De acuerdo al artículo 148 del Código de Trabajo, se trata de un feriado de pago obligatorio, lo que quiere decir que todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar de este día feriado. Para efectos del pago funciona de la siguiente manera, aquellas personas que reciben el salario de forma quincenal, mensual o semanal en el caso del comercio, se entienden pagados todos los días del mes, por lo que si no laboran ese día se debe pagar la semana, la quincenal o el mes de forma regular, si lo trabajaran se debe adicionar el valor de un día para honrar el pago doble», indicó Geovanny Díaz, Vocero del Ministerio de Trabajo.
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Si un trabajador presta su servicio en una actividad comercial y recibe su salario de forma mensual, quincenal o semanal, el pago por los días feriados ya esta incluido en el salario; lo que significa que sino se labora no debe recibir un monto adicional. Sin embargo, si la empresa le solicita trabajar en el feriado, tiene derecho a recibir un pago doble por su trabajo realizado.