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Vie. Ago 29th, 2025

A partir del 1 de septiembre de 2025, entrará en vigor la versión 4.4 del sistema de facturación electrónica, que obliga a los comerciantes a registrar los pagos realizados por SINPE Móvil, tarjetas o efectivo en los comprobantes electrónicos.

Esta medida es parte de una iniciativa del Ministerio de Hacienda para rastrear transacciones comerciales y mejorar el control tributario en coordinación con el Banco Central.

¿Qué cambia con la nueva versión 4.4?

La versión 4.4 incluye:

  • Códigos específicos para métodos de pago (efectivo, tarjeta y SINPE Móvil)
  • Control cruzado entre la facturación electrónica y las transferencias bancarias
  • Inclusión de pagos realizados a través de plataformas digitales

Jorge Benavides, economista, indicó: «Mucha gente está comprando sin factura, con el simple hecho de hacer el Sintemovil, tal vez para ahorrarse unos centavos, ahorrando el comercio, pero no se está dando cuenta que sin factura usted no puede hacer uso de la garantía».

¿Es usted comerciante? Recomendaciones clave para evitar sanciones

Los expertos fiscales recomiendan tomar las siguientes acciones antes de septiembre:

1. Regularice operaciones anteriores

Declare voluntariamente los ingresos no reportados para reducir posibles sanciones.

2. Implemente la facturación electrónica correctamente

Asegúrese de que su sistema incluya los nuevos códigos de SINPE Móvil como método de pago.

3. Separe sus cuentas bancarias

Mantenga cuentas personales y comerciales separadas para evitar que transferencias familiares se interpreten como ingresos del negocio.

4. Capacítese en materia tributaria

Conocer sus obligaciones fiscales lo ayudará a evitar errores costosos o sanciones futuras.

El Ministerio de Hacienda solicitó al Banco Central identificar a usuarios que reciban más de 100 transferencias por SINPE Móvil al mes, como parte de una estrategia para detectar actividades comerciales no respaldadas por facturación electrónica.

¿Qué sanciones puede enfrentar si no cumple?

El incumplimiento de estas nuevas disposiciones podría acarrear:

Procesos penales en casos graves

Cobros retroactivos de impuestos

Multas elevadas por evasión fiscal

Medidas cautelares sobre bienes o cuentas