El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) expuso este miércoles ante la Comisión de Reformas Electorales de la Asamblea Legislativa los criterios jurídicos que respaldan su competencia para solicitar el levantamiento de la inmunidad presidencial en casos de beligerancia política.
El letrado del TSE, Andrei Cambronero, recordó que la jurisprudencia en esta materia se remonta a la sentencia 039-1996, en la que se estableció que el órgano electoral no solo tiene la potestad de otorgar credenciales a los funcionarios electos, sino también la facultad de retirarlas si se demuestra parcialidad política.
Además, explicó que esta doctrina fue incorporada en el artículo 270 del Código Electoral vigente desde 2009, el cual faculta al Tribunal a plantear la solicitud de desafuero ante la Asamblea Legislativa.
“El procedimiento debe seguir principios análogos al proceso penal ordinario de miembros de supremos poderes, garantizando el debido proceso, la defensa y la posibilidad de recurrir decisiones”, indicó Cambronero.
La Asamblea Legislativa es la instancia que debe resolver si procede o no el retiro del fuero especial. En caso de aprobarse, el TSE estaría habilitado para continuar el proceso y, eventualmente, aplicar sanciones como la destitución del cargo y la inhabilitación temporal para ejercer funciones públicas.
Este debate cobra fuerza en medio de señalamientos de beligerancia política contra autoridades del Poder Ejecutivo y abre un precedente de enorme impacto institucional, al definir hasta dónde llega la inmunidad presidencial frente a la supervisión electoral.


