Así puede calcular su aguinaldo 2026
El Ministerio de Trabajo dispone de una calculadora gratuita para conocer cuánto dinero debe recibir este diciembre
¿Ya sabe cuánto le corresponde de aguinaldo este año? Si todavía no ha hecho las cuentas, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) tiene disponible una herramienta digital gratuita que permite calcular el monto que debe recibir cada persona trabajadora durante diciembre. La plataforma está diseñada para facilitar el proceso y evitar dudas sobre este pago obligatorio.
Para utilizarla, debe ingresar al sitio web del Ministerio de Trabajo, en la dirección www.mtss.go.cr/buscador/Aguinaldo.aspx. Una vez dentro, encontrará una calculadora con espacios para colocar los salarios brutos que recibió desde diciembre de 2025 hasta noviembre de 2026. También podrá incluir información sobre el salario en especie, si corresponde.
Es importante que los montos ingresados sean los salarios antes de aplicar rebajas por cargas sociales o impuesto sobre la renta. Además, deben contemplarse los pagos correspondientes a horas extra, comisiones y bonificaciones que tengan carácter salarial, ya que estos también forman parte del cálculo del aguinaldo.
¿Y cómo se obtiene el resultado? La operación consiste en sumar todos los salarios ordinarios y extraordinarios recibidos durante los 12 meses comprendidos entre el 1.º de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026. El total se divide entre 12 y así se obtiene el monto correspondiente. Si trabajó menos de un año, también tiene derecho a recibir el pago proporcional, siempre que haya laborado al menos un mes continuo para el mismo patrono.

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El aguinaldo es un derecho de las personas trabajadoras, independientemente de si reciben su salario de forma semanal, quincenal o mensual. Este beneficio está establecido en la legislación costarricense y debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre. Además, al monto correspondiente no se le pueden aplicar rebajas por cargas sociales ni impuesto sobre la renta; la excepción es la pensión alimentaria.
Pero ¿qué pasa si el patrono no paga, se atrasa o deposita menos dinero del que corresponde? El Ministerio de Trabajo considera estas situaciones una retención indebida del salario y una falta grave a las obligaciones laborales. La persona empleadora puede exponerse a sanciones económicas, según los perjuicios ocasionados y la cantidad de trabajadores afectados.
Si al cumplirse el plazo legal no recibió el pago completo, puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo, mediante los canales habilitados en www.mtss.go.cr o en las oficinas regionales de la institución. La recomendación es revisar los salarios registrados en la calculadora y comparar el resultado con el monto depositado para detectar cualquier diferencia.






