2026 todavía guarda 3 feriados
El calendario costarricense todavía contempla tres feriados antes de que termine el año
A Costa Rica todavía le quedan tres feriados nacionales antes de despedir el 2026. Después del 31 de agosto, el calendario marca el 15 de setiembre, el 1.º de diciembre y el 25 de diciembre. Dos de estas fechas son de pago obligatorio y una es de pago no obligatorio, según el calendario oficial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
El primero será el martes 15 de setiembre, cuando el país conmemorará el aniversario de la Independencia. Esta fecha recuerda la proclamación de la independencia de las provincias centroamericanas en 1821 y es una de las principales celebraciones patrias del país. Para 2026, el 15 de setiembre es feriado de pago obligatorio y se disfrutará ese mismo día.
Después llegará el martes 1.º de diciembre, una fecha que tiene un significado particular para Costa Rica. Ese día se conmemora la Abolición del Ejército, ocurrida en 1948. El hecho marcó una decisión histórica del país de no mantener un ejército permanente. Actualmente, esta fecha también es feriado nacional, pero de pago no obligatorio.

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El último feriado del año será el viernes 25 de diciembre, correspondiente a la celebración de Navidad. A diferencia del 1.º de diciembre, este sí es un feriado de pago obligatorio. Además, el 25 de diciembre está incluido entre los feriados de pago obligatorio establecidos por el Código de Trabajo.
¿Y qué significa eso para quienes trabajan? En términos generales, las personas trabajadoras tienen derecho al disfrute de los feriados. Cuando se trata de un día de pago obligatorio, existen reglas específicas según la modalidad salarial y, si la persona trabaja durante el feriado, corresponde el pago adicional establecido por la legislación laboral. Para los feriados de pago no obligatorio, como el 1.º de diciembre, las condiciones de remuneración son diferentes.
Otro detalle importante es que ninguno de estos tres feriados se traslada a otra fecha en 2026. Por eso, quienes estén pensando en aprovecharlos para organizar viajes, reuniones familiares o simplemente descansar deberán tomar en cuenta las fechas exactas: martes 15 de setiembre, martes 1.º de diciembre y viernes 25 de diciembre. El calendario oficial del MTSS establece esas fechas sin traslado por el momento.





