Dos armas por persona: así cambiaría la ley en Costa Rica
La propuesta de Pueblo Soberano busca elevar a 25 años la edad mínima para tener armas
La cantidad de armas que puede tener una persona y las condiciones para portarlas podrían cambiar en Costa Rica. Diputados del Partido Pueblo Soberano (PPSO) presentaron una reforma a la Ley de Armas y Explosivos. La iniciativa plantea un máximo de dos armas por ciudadano. Además, limita a dos los cargadores que puede llevar una persona autorizada para portar una pistola. Cada uno tendría una capacidad máxima de 17 proyectiles. La propuesta fue impulsada por Gonzalo Ramírez, presidente de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, junto con otros legisladores oficialistas. El proyecto corresponde al expediente 25.889 y aún debe iniciar su trámite legislativo.
Uno de los cambios más importantes sería elevar de 18 a 25 años la edad mínima para adquirir, poseer y portar armas de fuego. Sin embargo, se contemplarían excepciones para mayores de 18 años que necesiten un arma por motivos laborales relacionados con la seguridad. También se permitiría que adolescentes mayores de 14 años practiquen tiro deportivo. Para ello, necesitarían la autorización y el acompañamiento de su representante legal. Las limitaciones sobre los cargadores no se aplicarían a los cuerpos policiales ni al Organismo de Investigación Judicial (OIJ). Tampoco afectarían a las empresas de seguridad privada durante el ejercicio de sus funciones.
La reforma busca establecer controles más estrictos para autorizar la tenencia y portación de armas. Entre los requisitos figuran evaluaciones psicológicas y pruebas teóricas y prácticas. También se exigiría demostrar el origen de los recursos económicos destinados a comprar y mantener estos dispositivos. Esta última medida pretende dificultar el ingreso de armas adquiridas con dinero ilícito a circuitos no autorizados. Cabe señalar que la legislación vigente ya contempla requisitos de idoneidad mental y evaluaciones para obtener permisos. Por ello, la propuesta también plantea ajustes en los mecanismos de control y verificación.
Otro apartado se enfoca en combatir el desvío de armamento de instituciones públicas hacia manos particulares o estructuras criminales. El proyecto establecería penas de cuatro a ocho años de prisión para quienes posean o comercialicen armas, componentes o municiones provenientes de entidades estatales. Esta sanción se aplicaría cuando conozcan su origen ilícito. Las penas podrían aumentar de seis a diez años si el responsable es un funcionario público que aprovecha su cargo. También se aplicaría ese rango si el armamento se destina a cometer otro delito. La iniciativa busca cerrar espacios al tráfico ilegal y sancionar la circulación de estos artículos fuera de los canales autorizados.

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La discusión se produce en un escenario nacional marcado por la violencia homicida y el uso frecuente de armas de fuego. Según el Observatorio de la Violencia del Ministerio de Justicia y Paz, durante 2025 el 78 % de los homicidios dolosos se cometió con armas de fuego. Esto representa 681 víctimas. Además, los datos del periodo 2020-2025 muestran que cerca de ocho de cada diez homicidios se perpetraron mediante este mecanismo. Estas cifras permiten dimensionar el contexto de seguridad en el que surge la iniciativa. Sin embargo, no demuestran por sí solas que limitar los cargadores o elevar la edad mínima para portar armas reduzca los homicidios.
Entre los posibles alcances de la reforma figura un mayor control sobre las personas autorizadas para adquirir y portar armamento. También se plantea una supervisión más estricta del dinero utilizado en esas compras. La iniciativa podría fortalecer las sanciones contra quienes desvíen armas estatales. Sin embargo, su aplicación genera interrogantes sobre el impacto en los propietarios legales, los deportistas que practican tiro y las actividades de seguridad privada. Otro aspecto por analizar es su efecto sobre el mercado ilegal. En ese ámbito operan redes criminales que no necesariamente cumplen los controles establecidos para los usuarios autorizados. Estos puntos deberán valorarse durante la discusión legislativa.
Por ahora, la iniciativa no modifica las reglas vigentes ni obliga a los propietarios actuales a entregar sus armas o cargadores. El texto deberá ingresar a la Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa. Allí, los diputados podrán analizarlo, presentar modificaciones y discutir sus alcances antes de una eventual votación. Si supera las distintas etapas legislativas y recibe la aprobación correspondiente, deberá ser sancionado y publicado. Su entrada en vigor dependerá de las disposiciones que se establezcan. Mientras tanto, quienes poseen o portan armas deben cumplir los requisitos y límites establecidos en la actual Ley de Armas y Explosivos.






