Jue. Dic 26th, 2024

Por Isaac Gamboa

En enero se reportaron dos muertes a causa conductores bajo el estado de ebriedad. Justo en ese mismo mes, también detectaron 229 conductores bajo los efectos del alcohol. 

Un número alarmante, debido a que refleja 7 casos por día o bien un 22% del total de las 1063 pruebas realizadas en enero anterior. 

Porcentualmente, lo normal, es que rondamos el 15-17% de pruebas positivas por mes y más o menos es la cifra que suele arrojar por año, respecto al total de pruebas realizadas. Es claro que el reporte de enero evidencia que un mayor número de personas fueron detectadas en esa condición, mientras manejaban y eso genera preocupación. Todavía nos genera más alerta el que el 82% de los 229 casos positivos, es decir, 188 personas, terminaron en la Fiscalía por el estado etílico en el que iban conduciendo”, analizó Alexander Solano Quirós, Director de la Policía de Tránsito

Solano, expresó que es un sentimiento de intranquilidad, ver como personas que se atreven a conducir en ese estado. 

“Lamentablemente, es un problema social el consumo y abuso del licor; tenemos personas que forman parte de chats o tienen alguna aplicación, que son usadas para avisar dónde estamos realizando operativos y, en realidad, no ayudan a nadie, solo aumentan el riesgo que estas personas causen una tragedia. Nosotros seguiremos con nuestra labor de salvar vidas, porque eso es lo que hacemos cuando sacamos de la carretera a un conductor en estas condiciones”, advirtió Solano. 

De los 229 conductores, 21 se dividen en un nivel que ameritó una multa de  ¢368.000 y la acumulación de 6 puntos en la licencia,  otros 20 casos, aunque habían consumido licor, no ameritó sanción, al ser un nivel muy bajo. 

Según la ley de tránsito por alcohol,(Art. 143), tendrán una multa de ¢368.000 y acumula 6 puntos, los conductores particulares que manejen bajo los efectos del alcohol entre 0,50 y 0,75 gramos (prueba de espiración de aire) o entre 0,25 y 0,38 miligramos (prueba de sangre) al igual que los  Conductores profesionales y novatos bajo los efectos del alcohol, entre 0,20 y 0,50 gramos o entre 0,10 y 0,25 miligramos o bien los conductores que se  niegan a realizar la prueba de espiración de aire. 

Ademas, superar los 0,75 gramos o 0,38 mlg. en caso de conductores particulares o superar los 0,50 gramos o los 0,25 mlg. en caso de conductores profesionales y novatos implica sanción penal.

No implica sanción penal ni administrativa en caso de dar positivo en la prueba con menos de 0,50 gramos o 0,25 mlg. en caso de conductor particular o dar positivo pero no superar los 0,20 gramos o los 0,10 mlg. esto en caso de conductores profesionales y novatos.  

Estos montos serán vigentes desde el primero de enero al 31 de diciembre de 2023