Con la entrada en vigor del reglamento N° 43978-S de la ley N° 10254 “Ley especial para el comercio sobre ruedas” y previa aprobación de los requisitos, las personas interesadas tendrán un año de permiso sanitario de funcionamiento.
El trámite es gratuito y deben cumplirse lineamientos previos como: estar al día en el pago de multas por infracción a la ley de tabaco, no estar moroso ni con la Caja Costarricense del Seguro Social ni con FODESAF y no tener deudas con la hacienda pública.
Cabe mencionar debe existir un programa manejo integral de residuos, que debe estar alineado al “Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos”. Esto debe estar implementado a más tardar un mes calendario contado a partir del día siguiente al otorgamiento del permiso sanitario de funcionamiento y disponible en el sitio de operación.
Los requisitos para la solicitud del trámite ante el Ministerio de Salud son:
- Permiso temporal de ubicación del espacio físico, otorgado por la municipalidad correspondiente
- Formulario de solicitud de permiso debidamente lleno según Anexo 1 del presente Reglamento.
- Declaración Jurada, según Anexo 2 del presente Reglamento.
- Cédula de identidad, o en el caso de personas extranjeras el Documento de Identidad Migratoria para personas extranjeras DIMEX (libre condición), del solicitante o Sil representante legal. En el caso de persona solicitante de refugio o apátrida, se puede admitir como documento válido para el trámite: en el caso de solicitantes de refugio, el “carné provisional de permiso laboral” y en el caso de persona apátrida. el “carné provisional permiso laboral categoría especial”, ambos emitidos por la Dirección General de Migración y Extranjería, dichos documentos deben encontrarse vigentes. En caso de persona jurídica debe aportar certificación registral o notarial de la personería jurídica vigente con no más de un mes de emitida.
- En los comercios sobre ruedas que utilicen gas licuado de petróleo (GLP), un informe técnico de inspección “Conforme” emitido por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica (BCBCR) o por un profesional autorizado para tal fin por su respectivo Colegio Profesional, que haga constar que las instalaciones, sistemas y accesorios utilizados cumplen la legislación y la normativa técnica vigente en materia de prevención, seguridad humana y protección contra incendios.
Las Áreas Rectoras de Salud (ARS) en cada cantón, serán las responsables de realizar inspecciones a las unidades móviles correspondientes de comercio sobre ruedas.
Se le recuerda a la población la importancia de que las personas encargadas de la manipulación de productos alimenticios, cuenten con el curso de manipulación de alimentos vigente y serán las ARS quienes realicen la respectiva fiscalización a los comercios sobre ruedas.
Para más información puede ingresar a www.ministeriodesalud.go.cr
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