Dom. Dic 1st, 2024

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aprobó derogar el artículo 44 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, lo que permitirá que los trabajadores pensionados, reportados ante la institución, podrán recibir el subsidio por incapacidad.

Según explicó la presidenta ejecutiva de la institución, MSc. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, el artículo establecía la incompatibilidad de la pensión y el subsidio por enfermedad; es decir, si una persona trabajadora reportada en planilla o cotizante como trabajador independiente contaba con una pensión de invalidez o vejez no podía recibir los subsidios por incapacidad en los términos de los artículos 29 y 34 del Reglamento del Seguro de Salud.

Con la derogación de este artículo,  aprobada en lasesión N° 9458 del jueves 20 de junio, ahora las personas aseguradas que continúan laborando y son reportadas en las planillas ante la CCSS al recibir una incapacidad tendrán derecho al subsidio que les corresponde.

El acuerdo de la Junta Directiva atiende la resolución de la Sala Constitucional en la sentencia 2024001271, que le otorgó a la institución dos meses para gestionar lo que correspondiera para que las personas aseguradas pensionadas que continúen laborando se les cancele el subsidio que corresponde.

La Gerencia Financiera y con el visto bueno de la Dirección Jurídica, instruyó desde el 22 de marzo del año en curso a las unidades correspondientes a que procedan  con el pago respectivo del subsidio a las personas pensionadas que laboran y cotizan, en tanto se oficializaba la derogación del artículo.

De acuerdo con los datos institucionales, los días de incapacidad de los trabajadores independientes pensionados durante 2023 fue de 136 493 días, y por lo general, cotizan en los estratos de salarios de dos salarios o menos. 

Con el acuerdo tomado por la Junta Directiva se procederá con la publicación de la derogatoria en el Diario Oficial La Gaceta.

Marta Esquivel – Presidenta Ejecutiva CCSS